POLÍTICA INSTITUCIONAL DE DESCONEXIÓN LABORAL

JUMP DIGITAL S.A.

1. INTRODUCCIÓN

JUMP DIGITAL S.A., en cumplimiento de la normativa laboral vigente y en especial de la Ley 2191 de 2022, adopta la presente Política de Desconexión Laboral, con el propósito de garantizar el respeto del tiempo de descanso, la salud mental, el equilibrio entre la vida personal y laboral y el uso razonable de las tecnologías de la información en el marco de la modalidad de trabajo remoto.

La política se integra al Reglamento Interno de Trabajo, al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) y a los contratos individuales de trabajo.

2. OBJETIVO

Garantizar el derecho de los trabajadores a la desconexión laboral mediante la definición de:

  • periodos protegidos de descanso 

  • reglas de comunicación fuera de jornada 

  • canales institucionales autorizados 

  • excepciones justificadas 

  • procedimiento de reporte de vulneraciones 

  • responsabilidades organizacionales 

3. ALCANCE

La presente política aplica a:

  • trabajadores con contrato laboral vigente 

  • trabajadores en modalidad de trabajo remoto 

  • trabajadores en modalidad híbrida (si llegare a existir) 

  • personal administrativo 

  • personal operativo 

  • personal directivo, manejo y confianza (con tratamiento especial) 

4. DEFINICIÓN DEL DERECHO A LA DESCONEXIÓN LABORAL

Se entiende por desconexión laboral el derecho del trabajador a no recibir, atender ni responder comunicaciones, órdenes o requerimientos laborales fuera de su jornada ordinaria de trabajo, durante:

  • tiempos de descanso 

  • vacaciones 

  • licencias 

  • incapacidades médicas 

  • permisos 

  • días no laborables 

sin que ello genere consecuencias negativas en su relación laboral.

5. HORARIOS PROTEGIDOS DE DESCONEXIÓN

Constituyen periodos protegidos:

a) Fuera de la jornada laboral ordinaria

Ningún trabajador estará obligado a responder comunicaciones laborales fuera de su horario.

b) Fines de semana y festivos

Salvo excepciones justificadas.

c) Vacaciones

Durante este periodo no podrán asignarse tareas ni requerirse respuestas laborales.

d) Licencias legales o extralegales

Incluyendo:

  • licencia de maternidad o paternidad 

  • licencias por luto 

  • licencias médicas 

  • licencias remuneradas o no remuneradas 

e) Incapacidades médicas

El trabajador no podrá ser requerido laboralmente durante su incapacidad.

6. CANALES DE COMUNICACIÓN LABORAL AUTORIZADOS

Se consideran canales oficiales de comunicación laboral:

  • correo electrónico corporativo 

  • plataformas de mensajería institucional 

  • herramientas colaborativas autorizadas 

  • sistemas internos de gestión 

No se considerarán obligatorios:

  • cuentas personales 

  • redes sociales 

  • mensajería privada no corporativa 

salvo autorización expresa del trabajador.

7. USO RAZONABLE DE HERRAMIENTAS DIGITALES

En atención a la modalidad de trabajo remoto:

  • las comunicaciones podrán ser asincrónicas 

  • no se presume disponibilidad permanente del trabajador 

  • el envío de mensajes fuera de jornada no implica obligación de respuesta inmediata 

  • las herramientas digitales no constituyen mecanismos de disponibilidad continua 

8. EXCEPCIONES AL DERECHO DE DESCONEXIÓN

Podrán realizarse comunicaciones fuera de la jornada únicamente en casos excepcionales tales como:

  • situaciones de fuerza mayor 

  • riesgos operativos relevantes 

  • incidentes de seguridad de la información 

  • interrupciones críticas del servicio 

  • contingencias empresariales urgentes 

Estas comunicaciones deberán ser:

justificadas
ocasionales
proporcionales

9. TRATAMIENTO DEL PERSONAL DE DIRECCIÓN, MANEJO Y CONFIANZA

Los trabajadores que desempeñen cargos de dirección, manejo y confianza, conforme al artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo:

  • no están sujetos a jornada máxima legal 

  • pueden requerir niveles superiores de disponibilidad organizacional 

No obstante:

también son titulares del derecho a la desconexión laboral, el cual deberá garantizarse conforme a la naturaleza de sus funciones.

10. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

El EMPLEADOR se compromete a:

  • respetar los tiempos de descanso de los trabajadores 

  • evitar comunicaciones innecesarias fuera de jornada 

  • promover el uso responsable de herramientas digitales 

  • capacitar a líderes y equipos sobre desconexión laboral 

  • prevenir riesgos psicosociales asociados a hiperconectividad 

  • integrar esta política al SG-SST 

  • divulgar la política institucionalmente 

11. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

Los trabajadores deberán:

  • respetar los horarios laborales definidos 

  • evitar remitir comunicaciones laborales innecesarias fuera de jornada 

  • usar adecuadamente los canales institucionales 

  • reportar vulneraciones a esta política 

  • promover prácticas de comunicación saludable en equipos remotos 

12. PROCEDIMIENTO PARA REPORTAR VULNERACIONES

Los trabajadores podrán reportar incumplimientos de la política mediante:

  • el área de Talento Humano 

  • el jefe inmediato 

  • el canal institucional definido para convivencia laboral 

  • el Comité de Convivencia Laboral 

Los reportes serán tratados con confidencialidad.

 

13. MEDIDAS FRENTE AL INCUMPLIMIENTO

El incumplimiento injustificado de la presente política podrá dar lugar a:

  • recomendaciones organizacionales 

  • medidas preventivas 

  • acciones correctivas 

  • medidas disciplinarias conforme al Reglamento Interno de Trabajo 

 

14. INTEGRACIÓN CON EL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

La presente política hace parte de las estrategias institucionales de prevención de riesgos psicosociales y se integra al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

 

15. DIFUSIÓN DE LA POLÍTICA

La política será divulgada a través de:

  • correo electrónico corporativo 

  • intranet institucional 

  • procesos de inducción y reinducción 

  • Reglamento Interno de Trabajo 

  • anexos contractuales cuando aplique 

16. RESPONSABLES DE IMPLEMENTACIÓN

Serán responsables de la implementación:

  • Área de Talento Humano 

  • líderes de equipo 

  • responsables del SG-SST 

  • Comité de Convivencia Laboral 

17. VIGENCIA

La presente política rige a partir de su publicación interna y permanecerá vigente hasta su modificación o actualización formal por parte de EMPRESA DIGITAL S.A.S.

18. INTEGRACIÓN NORMATIVA

La presente política hace parte integral de:

  • Reglamento Interno de Trabajo 

  • contratos individuales de trabajo 

  • otrosí contractuales 

  • Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo 

  • políticas institucionales de uso de herramientas tecnológicas